Cinco años de prisión por difundir propaganda yihadista desde Gijón

EFE MADRID

GIJÓN

Juan González

La Sala de lo Penal absuelve al condenado de los delitos de integración en banda terrorista, de autoadoctrinamiento y enaltecimiento del terrorismo

09 may 2018 . Actualizado a las 20:05 h.

La Audiencia Nacional ha condenado a cinco años de cárcel por un delito de colaboración terrorista a un hombre de nacionalidad marroquí que difundía propaganda yihadista en redes sociales y que intercambió mensajes con un agente encubierto. La sección cuarta de la Sala de lo Penal le absuelve, en cambio, del de integración en banda terrorista y también de los de autoadoctrinamiento y enaltecimiento del terrorismo que le atribuía la Fiscalía.

La sala considera probado que Abdellah Ouelji Lafsani desarrolló, al menos desde principios de 2015, «la misión de difusión de la ideología radical» yihadista en las redes sociales Youtube, Google plus y Facebook, para lo que usaba un conocido foro yihadista de acceso cerrado que le suministraba el material. En el juicio, el condenado reconoció sus perfiles en Facebook y Youtube, pero negó que publicase o subiese vídeos de contenido yihadista en estas redes para reclutar o adoctrinar a musulmanes, una versión que no cree el tribunal sentenciador. Dijo, además, que si llegó a descargar algún vídeo fue «sin querer» o de manera «errónea», ya que en muchas ocasiones no conocía el contenido de los archivos que se bajaba.

El hombre invitó y admitió entre su grupo de amigos, dice la sentencia, al agente encubierto informático y, una vez surgió cierta confianza entre ambos, en julio de 2016, pocos días después del atentado de Niza (Francia), aconsejó al agente que se cuidara porque había mucho racismo. Dos meses después, en septiembre, el agente le comunicó su intención de ir a Turquía y le preguntó si conocía a alguien dispuesto a trasladarse a la zona, a lo que contestó que no conocía a nadie, le deseó buen viaje y añadió: «Ojalá pudiera ir yo, pero sabes que tengo familia que mantener y mis padres me necesitan». Ese mismo mes fue detenido y en su vivienda de Gijón (Asturias) se encontraron, entre otras cosas, vídeos del Dáesh y también de los atentados del 11-S en Nueva York con amenazas a los Estados Unidos.

En el juicio, el acusado, que según su abogado tiene un 73% de discapacidad físico-psíquica a raíz de un accidente laboral, no reconoció la existencia de estos archivos en su domicilio y señaló que intentó entrar en el foro del Dáesh, pero no le «interesó» lo que vio y salió de la página.

Respecto al agente encubierto, afirmó que había sido este el que le pidió amistad, versión a la que no da credibilidad la sala y que fue desmentida por el propio agente en su declaración como testigo. También dijo que cuando hablaban de Turquía era para ir «de fiesta».

La defensa de Lafsani, que pidió su absolución, argumentó, entre otras cosas, que la actuación del agente había rebasado la legalidad porque le había incitado al delito, pero el tribunal considera que no se puede apreciar en su actitud que «provocara la actuación delictiva».

Cree la sala que en este caso no se puede apreciar un delito de autoadoctrinamiento porque la misión del condenado era «difundir la propaganda del Dáesh en aras a la expansión y captación de su mensaje», ni tampoco el de enaltecimiento en su vertiente de humillación a las víctimas porque al publicar vídeos de ejecuciones de occidentales no buscaba esa finalidad, sino propagar el mensaje del Dáesh.