El Supremo admite un recurso contra la declaración antiisraelí del ayuntamiento

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Ayuntamiento de Gijón
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La acción legal ha sido emprendida por la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio contra la declaración de la ciudad como «Espacio Libre de Apartheid Israelí»

08 mar 2019 . Actualizado a las 16:38 h.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) contra el acuerdo plenario adoptado en enero de 2016 por el Ayuntamiento de Gijón en virtud del cual se declaró a la ciudad «Espacio Libre de Apartheid Israelí». Así lo ha manifestado en un comunicado la entidad, que considera que «este tipo de acciones causan un perjuicio a la imagen de las ciudades, convirtiéndolas en localidades excluyentes y contrarias a los derechos humanos».

Según recuerda el comunicado que recoge EFE, el consistorio gijonés se adhirió a una «campaña de boicot y decidió imponerlo tanto a Israel como a sus empresas, comprometiéndose a introducir medidas legales para impedir la contratación pública o acuerdos o convenios con empresas de ciudadanos judíos». En ese momento, la asociación inició acciones legales en los juzgados por «vulneración de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española», si bien el Juzgado número 1 de Gijón inadmitió en julio de ese mismo año la pretensión de nulidad del acuerdo de boicot «sosteniendo que no había llegado a existir».