Nuevo varapalo judicial a Oviedo por los permisos de los pisos turísticos

Luis Fernández
Luis Fernández REDACCIÓN

OVIEDO

CESAR QUIAN

Un segundo juzgado concede autorización a un particular que tiene una vivienda por encima de un primero, en contra de lo que permite el Plan General de Ordenación

14 jun 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Una nueva sentencia obliga al Ayuntamiento de Oviedo a conceder una licencia turística definitiva a una vivienda situada en un segundo piso pese a las restricciones que impone su Plan General de Ordenación (PGO). Este ya es el segundo caso que se registra en la ciudad, y además la sentencia ha sido dictada por un juzgado diferente al de la primera ocasión, por lo que la decisión supone un varapalo para el gobierno municipal.

En esta última ocasión, la sentencia es del Juzgado Administrativo nº 2 de Oviedo y ha sido dictada por la magistrada Pilar Martínez Ceyanes ante la demanda presentada por los letrados Manuel Herminio García Álvarez y Eduardo García Palicio, del despacho Norte Abogados. Según explican los abogados, el fallo «anula el acto por el que el ayuntamiento deniega licencia al demandante y le reconoce el derecho a acceder a la pretendida actividad de uso turístico en una vivienda situada en un segundo piso». Contra esta sentencia cabe recurso.

Los fundamentos jurídicos en que se basa la sentencia señalan que «la competencia de la administración autonómica en materia de turismo no impide ni perjudica la propia de los ayuntamientos en materia de urbanismo. Pero no comparte que el destino de la vivienda a uso turístico resulte contraria a la normativa urbanística».

Además, y al igual que recoge la sentencia dictada en el mes de abril -que está recurrida al Tribunal Superior de Justicia por el ayuntamiento-, la sentencia concluye que «el alojamiento de uso turístico está más próximo al arrendamiento que al uso hotelero y que la falta de regulación específica dentro del PGOU del Ayuntamiento de Oviedo no le permite aplicar a esta modalidad de uso turístico, por analogía, las condiciones de uso hotelero».

Desde la anterior sentencia del pasado mes de abril, los abogados aseguran que Oviedo ha concedido tres licencias, dos de ellas correspondientes a un primer piso y un entresuelo, únicas en vigor a día de hoy, y una tercera que fue concedida «a una vivienda de protección oficial, uso absolutamente prohibido que necesitó una rápida intervención, previa al inicio de la actividad, para evitar al titular la imposición de una sanción grave por parte del Principado», según explican los abogados.

Los límites en los permisos en Oviedo

El Plan General de Ordenación (PGO) de Oviedo no permite abrir nuevos alojamientos turísticos si no están situados en un bajo o en un primero. Se trata de un epígrafe singular dentro del ordenamiento, que no existe en ningún otro concejo más y en el que nadie había reparado hasta que el Principado, en agosto de 2016, reguló por primera vez el alquiler turístico de pisos privados.

El problema es que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) -en fase de modificación pero que tardará años en cerrarse- recoge que esa actividad está reservada «para los pisos de primera planta, entreplanta y planta baja» y en ese limbo es en el que caen los propietarios con viviendas por encima del primer piso cuando quieren regularizar su situación.

Esos pisos se encuentran en una situación de bloqueo y aparecen bajo el calificativo de «En tramitación». Muchos de ellos cumplen con todos los requisitos exigidos por Turismo -desde el seguro de responsabilidad civil a la señalización de las salidas de emergencia- salvo la licencia, pero por ese motivo no disponen de una concesión definitiva. La sentencia del mes de abril abrió el camino al resto de propietarios, y ahora este segundo caso ratifica sus peticiones. Previsiblemente, llegarán más casos.