Fingió que era su novia y cuidadora: desalojan a una mujer que se apropió el piso de un enfermo

La Voz

OVIEDO

Juzgado de Oviedo, Audiencia Provincial de Oviedo
Juzgado de Oviedo, Audiencia Provincial de Oviedo

Un juez ordena el desalojo de la vivienda. El hijo del hombre, ya fallecido, demandó a la mujer para recuperar el piso y los 60.000 euros que extrajo de la cuenta bancaria

21 ene 2020 . Actualizado a las 13:26 h.

Una juez ha ordenado el desalojo de una mujer del piso que se apropió de un enfermo, ya fallecido, en pleno centro de Oviedo, al no abandonarla voluntariamente y declararse la firmeza de la sentencia por la que se anuló la escritura pública por la que había obtenido la dación en pago del inmueble tras fingir que era la novia y cuidadora de la víctima.

El abogado Alfredo García López emprendió acciones legales, en representación del hijo del fallecido, contra la demandada M.M.V. en tres procedimientos diferentes para recuperar el piso, rendirle cuentas por los 60.442 euros que extrajo de la cuenta bancaria del padre y que dejó a cero, y la semana pasada ha logrado que se acuerde el desalojo del inmueble. La juez de Primera Instancia número 5 de Oviedo le había respaldado, el pasado mes de noviembre, tras anular la escritura pública y dar veracidad a la versión del hijo del fallecido de que éste jamás había contraído deuda alguna con la mujer y descartar que hubiera mantenido una relación laboral y sentimental.

Un mes después, el juez de Primera Instancia número 3 de Oviedo condenó a M.M.V. a rendir cuentas por los 60.442 euros que extrajo de la cuenta bancaria, que dejó a cero, aprovechando que le había firmado un poder notarial para disponer de sus bienes durante un ingreso hospitalario.

La sentencia incidía en que el único periodo en que la mujer pudo tener alguna relación con el fallecido no alcanzaba los dos años y durante ese tiempo, según el fallo, se percibió una prestación «inadecuada», por faltar a la mayoría de las citas médicas, no atender a las llamadas de teléfono y no facilitar las visitas domiciliarias. M.M.V. ya había vendido, en el año 2015, un vehículo y una plaza de garaje y había transferido a su nombre el piso del fallecido.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Oviedo declaró el pasado 17 de enero la firmeza de la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, por la que declara resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda, ubicada en el centro de la capital asturiana, y condena a la mujer a abonar al hijo del fallecido 3.060 euros, así como todas las mensualidades que se devenguen hasta su efectivo desalojo.