Los países de la UE fijan entre los 14 y 18 años la edad de consentimiento sexual

Elisa Álvarez González
Elisa Álvarez SANTIAGO / LA VOZ

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Ana F. Barredo | EFE

Aunque en España está en los 16, se excluye el abuso si la madurez es similar

07 ene 2018 . Actualizado a las 09:08 h.

La detención de tres jugadores de un equipo de fútbol por supuestos abusos sexuales a una menor de 15 años ha reabierto en España el debate sobre el consentimiento sexual. En este caso la víctima asegura que fue forzada, pero el hecho de que no llegue a los 16 años ya constituiría un delito en sí mismo, aunque ella afirmase que fue sexo consentido. No es el único caso. En Francia la situación fue aún más controvertida. El Gobierno de Emmanuel Macron establecerá en los 15 años la edad del consentimiento después de que algunas sentencias absolviesen a adultos por mantener sexo con niñas de 11 años, al considerar que fueron relaciones pactadas, es decir, sin coacción.

¿Pero qué edades fijan los países europeos para el consentimiento sexual? España tenía una de las más bajas de la Unión Europea. Hasta el año 2015 se situaba en los 13 años, es decir, que si un adulto tenía relaciones con una menor de 13, siempre que fuesen consentidas no había abuso. El Código Penal cambió esta situación y ahora mismo está en los 16 años, una edad que también han fijado estados como el Reino Unido, Bélgica, Luxemburgo, Países Bajos y Noruega.

En una circular emitida por la Fiscalía General del Estado en junio del 2017 se recoge que los países con un límite más bajo son Alemania, Italia, Portugal, Austria y Hungría, con 14; mientras que Francia, Polonia, Dinamarca y Suecia la establecen en los 15 años. Irlanda y Chipre, con 17, y Malta con 18, son los países en donde el consentimiento sexual es más tardío. Como curiosidad, al menos hasta el 2015 el Vaticano tenía la edad más baja, al fijarla en 12 años.

La edad de consentimiento sexual no quiere decir que si un menor de 15 años mantiene relaciones con otro de 18, por ejemplo, este vaya a ser condenado. Precisamente, la Fiscalía elaboró una circular para aclarar cuándo no habrá responsabilidad penal. Y es que el artículo 183 dice que «el consentimiento libre del menor de 16 años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez».

Hay otros países que regulan esto de forma muy clara. Por ejemplo, en Suiza se fija una diferencia de edad máxima de tres años para determinar que no hay delito, siempre que haya consentimiento; y en Canadá la reducen a dos años con adolescentes de 12 y 13 años, y la elevan a cinco en el caso de que tengan 14 o 15.

En España, la norma no es tan estricta. La aclaración de la Fiscalía sugiere fijar marcos de protección por tramos de edad. Por ejemplo, que no haya ningún tipo de exención cuando la víctima sea impúber; o que si no supera los 13 y ha alcanzado la pubertad solo pueda considerarse la ausencia de abuso si el autor es menor de 18 años. En el caso de adolescentes de 14 y 15, se limitaría a los iguales jóvenes.

No obstante, como la edad cronológica no va ligada de manera uniforme a la capacidad de evaluar las consecuencias de los actos, el fiscal aconseja constatar caso por caso y, sobre todo, «atender a que cuanto mayor sea la diferencia de edad, mayor necesidad habrá de acreditar la semejanza en cuanto a desarrollo o madurez». Todas estas excepciones, lógicamente, no pueden aplicarse si hay intimidación o aprovechamiento por una situación de superioridad, ni tampoco en los casos de sexting.

«El problema no es la edad de inicio, sino la diferencia, ahí es donde hay que poner el foco»

El inicio en la sexualidad, explica el psicólogo Manuel Fernández Blanco, es cada vez más precoz. No solo el de la sexualidad, sino el de otras prácticas como el consumo de alcohol o de otras sustancias. Y no siempre con las mejores guías, lamenta. «Con la generalización de Internet los adolescentes tienen como principal referencia de la sexualidad el porno, lo que condiciona sus prácticas eróticas». Y un menor precoz sexualmente no siempre llevará a una madurez precoz. «Adultos prematuros, niños eternos», recuerda.

Pero el debate, apunta Fernández Blanco, no es tanto la edad de las relaciones sexuales, sino la diferencia entre las personas que las practican. «Ahí es donde hay que poner el foco», explica. Porque juegos sexuales infantiles los ha habido siempre, incluso antes de la preadolescencia. Si esas prácticas son entre iguales y no tienen carácter de intrusión o forzamiento, «sino de experimentación, no revisten un carácter traumático», explica este profesional. En cuanto a la edad elegida para fijar el consentimiento sexual, los 16 años es para Fernández Blanco una edad de inflexión en la que, por ejemplo, los menores ya pueden trabajar con permiso paterno. De hecho, a nivel legal se considera al menor como suficientemente maduro para tomar determinadas decisiones que afectan a su salud o medidas contraceptivas sin tener que informar a los padres, recuerda el psicólogo, lo que hace que sea una edad adecuada para establecer este consentimiento.