El conflicto catalán: Escenarios de una crisis imprevisible

Gonzalo Bareño Canosa
G. Bareño MADRID / LA VOZ

ACTUALIDAD

Pilar Canicoba

El rechazo al recurso abriría un grave conflicto, pero su admisión pondría fin de inmediato al sueño de Puigdemont

27 ene 2018 . Actualizado a las 17:29 h.

El Gobierno es consciente de que, tras el informe desfavorable del Consejo de Estado al recurso contra la investidura de Puigdemont, se expone a un nuevo varapalo, que sería mucho más grave si el Constitucional rechaza también admitir la impugnación. Pero, según expresó ayer la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, están «obligados» a «hacer todo lo legalmente posible» para evitar que una persona «en busca y captura» pueda intentar ser investida.

¿Qué ocurriría si el Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno?

Los magistrados no van a entrar hoy en el fondo de la cuestión y se limitarán a decidir si admiten o no a trámite el recurso. En caso de que así fuera, el Gobierno tiene la facultad de anular el acto recurrido. Y, por tanto, no solo la investidura de Puigdemont sería inviable, sino que su propia designación como candidato estaría anulada. Ante eso, caben dos hipótesis. Una, que los independentistas presenten a un aspirante alternativo, lo que podría solucionar la cuestión en breve plazo. La máxima aspirante a sustituir a Puigdemont es en este momento su jefa de campaña, Elsa Artadi. Por el contrario, si insisten en mantener la candidatura de Puigdemont, habría que esperar a que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el fondo del asunto. Algo que se demoraría en el tiempo y que provocaría que, hasta que se emitiera esa sentencia, el presidente de facto de Cataluña seguiría siendo Mariano Rajoy, a través del artículo 155, dado que este no decae hasta que se forme un nuevo Gobierno.

¿Qué sucede si el tribunal no admite a trámite la impugnación del Gobierno?

Al margen de la grave crisis política que se abriría, esa decisión no implicaría en absoluto que se autorizara una investidura telemática. Simplemente, se daría por válida la elección de Puigdemont como candidato, a la espera de que se aclare si piensa o no asistir al Parlamento catalán. En cuanto se anunciara una investidura a distancia, el Gobierno recurriría y casi con seguridad el Constitucional lo admitiría a trámite. La duda es si ese segundo recurso llegaría a tiempo de impedir que se consume una votación y una investidura que, en cualquier caso, sería anulada, lo que generaría graves tensiones. También cabría que Puigdemont regresara para defender su investidura. En ese caso, quedaría en manos del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que debería autorizarle a asistir al pleno tras tomarle declaración como imputado y, probablemente, enviarlo a prisión.

¿Por qué se opone el Consejo de Estado?

El preceptivo dictamen emitido por el Consejo de Estado considera que el recurso del Gobierno «entraría dentro de lo que el Tribunal Constitucional considera impugnaciones preventivas o hipotéticas». En el fondo, lo que viene a decir el órgano consultivo es que no se puede presuponer que Puigdemont no vaya a hacer acto de presencia en el Parlamento catalán. Aunque no lo dice expresamente, se sobreentiende que en ese caso sí podría someterse a la investidura, aunque fuera detenido. Pero también adelanta el Consejo que en el momento en el que se autorizase «de forma expresa la intervención del candidato ausente a través de medios telemáticos o por medio de persona interpuesta, procedería su impugnación al amparo del título V de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional». Es decir, que parece compartir el criterio de los letrados de la Cámara catalana de que una investidura telemática o una delegación de voto de los fugados no tendría validez legal.

¿Podría celebrarse la investidura aunque se suspenda cautelarmente?

Ese escenario no es descartable, pero implicaría una vuelta a la situación previa a la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña. El presidente de la Cámara, Roger Torrent, y los miembros de la Mesa que votaran a favor de autorizarla, tanto si es presencial como telemática, incurrirían en un claro delito de desobediencia, similar al que cometió presuntamente su predecesora, Carme Forcadell, cuando, en contra del criterio del Constitucional autorizó la aprobación de las llamadas leyes de desconexión. El Gobierno se encargó ayer de recordar que no solo recurre la elección de Puigdemont como candidato, sino también la propia votación de investidura, lo que acarrearía graves consecuencias penales paro los miembros de la Mesa.