El fiscal señala como «un asesinato de libro» la muerte de una ovetense en Melilla

La Voz REDACCIÓN

ASTURIAS

El hombre de nacionalidad marroquí que se entregó ayer tras asesinar a su expareja en Melilla.
El hombre de nacionalidad marroquí que se entregó ayer tras asesinar a su expareja en Melilla. F.G. Guerrero | EFE

La acusación señala que el hombre buscó una zona aislada para acabar con su vida y quedarse con el bebé de ambos

29 nov 2018 . Actualizado a las 16:32 h.

El fiscal ha asegurado hoy que el hombre condenado a 26 años de cárcel por estrangular en una playa de Melilla a su ex novia, residente en Oviedo, cometió «un asesinato de libro» porque quería «quedarse con el bebé» de ambos y eligió una zona «aislada» y no dejó opción de defensa a la víctima.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha celebrado hoy la vista del recurso de apelación contra la sentencia, donde Fiscalía, Abogacía del Estado y acusación particular han pedido la confirmación de la condena y la defensa ha interesado la nulidad del juicio y su repetición.

Las acusaciones han reiterado que el condenado, A.A., de nacionalidad marroquí, asesinó a su ex pareja, de 22 años, a la que convenció para que se desplazara con su bebé desde Oviedo hasta Melilla y que la atacó «de forma sorpresiva» tras elegir un lugar «deshabitado, aislado y sin iluminación».

Además, las acusaciones han incidido en que el condenado no auxilió a la mujer tras apretarle «con fuerza» en el cuello ante su estado agónico ya que no murió de forma «instantánea» sino de manera «lenta».

La defensa ha pedido la repetición del juicio al asegurar que se le privó de la práctica de una prueba pericial para que el forense confirmara el estado mental de A.A. ya que, en el momento del crimen, llevaba tres días «sin dormir consumiendo alcohol y droga» y tuvo una reacción «en cortocircuito».

Según la defensa, A.A. mantuvo con su ex novia una fuerte discusión y pudo estar influenciado incluso «por su cultura y nacionalidad» ante estímulos poderosos como su miedo a ser detenido y deportado y ha explicado que «la Policía no tuvo que hacer nada» porque el condenado, con su declaración, «esclareció el caso».

El letrado ha asegurado que el veredicto del jurado ha incurrido en falta de motivación por lo que ha apelado al quebrantamiento de normas que causan indefensión y ha alegado vulneración de la presunción de inocencia dado que, ha afirmado, lo que pasó sólo lo saben A.A. y la víctima ya que su bebé «no cuenta».

Para la defensa, la única intención de A.A. al asir a la víctima por el cuello y apretarle era para «que dejara de gritar» hasta que ella dejó de moverse «entre las 7 u 8 de la mañana» del 8 de julio de 2016, dos horas antes de que él abandonara el lugar.

Las acusaciones, por el contrario, se han reafirmado en el veredicto del jurado, que declaró por unanimidad la culpabilidad del acusado y aplicó las agravantes de género, parentesco y aprovechamiento de circunstancias.

Las tres acusaciones han incidido en que el hombre atacó por sorpresa a la víctima sin que ésta tuviese alguna posibilidad de defensa, que el autor no presentaba lesión alguna y en el hecho de que eligiera el lugar y el momento idóneos para consumar el asesinato sin que sufriera entonces trastorno mental alguno.

El pasado mes de julio la Audiencia Provincial acordó prorrogar la prisión provisional para A.A. «para conjurar el riesgo de que pudiera sustraerse a la acción de la justicia y recordaba que la propia sentencia hacía constar la «facilidad» con la que el hombre se desplazaba de España a Marruecos.

La acusación particular, en representación de la familia de la víctima, ha pedido además que al condenado se le prive de la patria potestad del hijo que tuvo con la víctima.