El Principado obliga a las gasolineras autoservicio a tener personal si no son 100% accesibles

SUSANA D. MACHARGO REDACCIÓN

ASTURIAS

Un conductor reposta en una gasolinera.Un conductor reposta en una gasolinera
Un conductor reposta en una gasolinera

El Gobierno asturiano modifica la ley de consumo para garantizar los derechos de los usuarios con discapacidad o movilidad reducida.

06 feb 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Rampas con bordes antideslizantes, espacios de maniobra, barandillas o pasamanos, zonas libres de obstáculos, señalización visual, acústica y táctil, comunicación interactiva. Las gasolineras autoservicio asturianas tendrán que ser accesibles al 100%, de lo contrario deberán incorporar, al menos, a un trabajador en horario diurno. El Gobierno del Principado está modificando la ley 11/2002 de los Consumidores y Usuarios para garantizar la accesibilidad de las estaciones de servicio que operen como instalaciones desatendidas. Reconoce que la falta de personal impide que personas con algún tipo de discapacidad o con movilidad reducida por razones de edad o enfermedad puedan utilizar este servicio con normalidad y con unas mínimas garantías de seguridad. Para corregir esta deficiencia, el Ejecutivo recurre a la legislación. Promueve así la autonomía personal, la accesibilidad universal y la vida independiente. Trata de corregir toda forma de discriminación.

El Principado señala que es «indudable» que las estaciones de servicio sin personal agravan los problemas de accesibilidad que ya sufren determinados colectivos. Así que modifica la ley para obligar a estar empresas a adaptar las instalaciones a los parámetros de accesibilidad recogidos en la norma UNE 170001-2 o cualquier normativa europea equivalente. El Gobierno explica que su intención no es establecer un nivel de exigencia desproporcionado, por lo que ofrece opciones a los empresarios. Pueden adaptar las instalaciones. Si no lo consiguen al 100%, entonces tendrán que tener personal. Mientras permanezca abierta, en horario diurno, deberá contar con un responsable que pueda atender a las personas con movilidad reducida que necesiten combustible. El horario diurno abarca desde las siete de la mañana hasta las diez de la noche.

El mecanismo utilizado es la inclusión de una disposición adicional única en esa ley 11/2002. Esa disposición de solo tres artículos desarrolla esta obligación. En la actualidad, esta modificación está en periodo de alegaciones. Se podrán formular reparos o aportaciones antes del 28 de febrero de 2018. Una vez aprobada, entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial del Principado (BOPA). 

El Gobierno de Asturias lleva meses trabajando en este tema. El consejero de Sanidad, Francisco del Busto, ya abordó el asunto con la presidenta de Cocemfe, Mónica Oviedo, en una reunión mantenida el verano pasado. Entonces, el Principado ya había propuesto a la Unión Europea que las gasolineras autoservicio tuvieran que implantar un método de dispensación adaptado a usuarios con movilidad reducida que no son capaces de utilizar el actual sistema. 

La Unión Europea anuló en su día otra normativa asturiana, que databa del año 2016, que exigía que todas las gasolineras garantizaran que en horario diurno que un integrante de su plantilla atendiera a los usuarios con movilidad reducida. En consecuencia, el Ejecutivo regional ha propuesto otra alternativa. Reclama el sistema adaptado y, en caso de no conseguirlo, entonces sí que sería obligatorio contar con un empleado.