Un autónomo con resultados negativos o morosidad, ¿puede acogerse al aval del ICO-COVID19?

M.D. OVIEDO

ASTURIAS

Cartel en un bar de Oviedo
Cartel en un bar de Oviedo

La línea creada por el Ministerio de Economía ya está operativa para que los empresarios puedan hacer frente al cierre decretado por el estado de alarma

06 abr 2020 . Actualizado a las 13:22 h.

Ya está operativa la línea de avales del Ministerio de Asuntos Económicos creada, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para facilitar la liquidez de autónomos, pymes y empresas afectados por el cierre motivado por el estado de alarma a causa de la propagación del coronavirus. ¿Quién puede solicitar el aval? y ¿podría solicitarlo un autónomo con resultados negativos o morosos? Con estas preguntas se inició la segunda videoconferencia que organizaron conjuntamente las entidades financieras Caja Rural, Liberbank y SabadellHerrero con la Federación Asturiana de Empresarios (Fade) para dar respuesta a los interrogantes que tienen los empresarios sobre esta línea que les permite cubrir sus necesidades derivadas de facturas, vencimiento de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

Las entidades financieras han explicado que a este tipo de avales se podrán acoger empresarios y autónomos de España pero «que no figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019, ni que estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores». En este punto, las entidades financieras han explicado que si hay resultados negativos «habrá que ver  cuál es la situación de la empresa porque no los excluye en sí mismo», por lo que aconsejan que cada cliente acuda a su entidad de referencia para informarse. Tampoco se podrá utilizar esta línea para inversiones nuevas.

En este sentido, han señalado que bancos y cajas de la región están dando prioridad a la consulta y tramitación de este tipo de línea por parte de los empresarios y autónomos afectados por el cierre de la actividad a causa del COVID-19 y que están volcados para que no se pierda ni un euro de ayuda que pueda llegar a Asturias, por lo que han habilitado todos los medios electrónicos para que se agilice la tramitación ya que consideran que este primer tramo de 20.000 millones se va a agotar rápido. Han recordado que este tipo de avales van exclusivamente dirigidos a atender la necesidad de liquidez por pago de salarios, de alquileres o para hacer frente a obligacions tributarias y financieras. Por ello, han recalcado que «la financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes». 

Plazos

Otra de las preguntas formuladas ha sido desde cuándo se puede solicitar y el plazo de media de tramitación. A ello, las entidades financieras han respondido que están comprendidas las operaciones firmadas a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020, aunque el plazo podría ampliarse por un acuerdo del Consejo de Ministros  quizás hasta el 31 de diciembre.En cuanto a la tramitación han insistido en que «es ágil» siempre que el cliente presente la documentación necesaria, especialmente, «aquella en la que se justifique las necesidades que le llevan a realizar la solicitud». Asimismo, a preguntas de algún participante, han aclarado que con la solicitud de estos avales las entidades no podrán condicionar los préstamos a ningún tipo de seguro de vida ni ninguna fórmula similar.

También han advertido que el importe máximo para préstamos o renovaciones es de 1,5 millones de euros pero, han insitido, en que «no hay importe mínimo» por lo que animaron a pequeños empresarios y autónomos a que se informen, reflexionen y vean si pueden acogerse a esta línea. «Las grandes empresas se podrán acoger justificando operaciones de tesorería pero también están los empresarios de calle que necesitan un alivio para pagar el alquiler durante cuatro o cinco meses», han explicado. En relación al tipo de interés del préstamo, aunque no todas las entidades financieras quisieron cuantificar exactamente cuál sería, podría rondar el 1,50 aunque han explicado que es algo que se estudia con cada cliente y que al tener la garantía del Gobierno de España es una ventaja para la entidad que puede afinar un poco más.  Las entidades financieras han animado a empresarios y autónomos «a reflexionar sobre las necesidades reales que tengan, a no sobreendeudarse» pero también a no poner en peligro la empresa y acogerse a este tipo de avales, para lo que les ofrecen todo tipo de colaboración.