Así deberás usar la mascarilla en la playa para evitar multas en Asturias

Luis Fernández
Luis Fernández REDACCIÓN

ASTURIAS

Un hombre camina por la playa de San Lorenzo de Gijón, que en un día nublado
Un hombre camina por la playa de San Lorenzo de Gijón, que en un día nublado Alberto Morante

El Principado concreta cuándo debe utilizarse el elemento protector en los arenales

16 jul 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La resolución del Principado que regula el uso de la mascarilla en Asturias desde el pasado martes puede resumirse de la siguiente forma: es obligatorio para los mayores de seis años aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, en los siguientes supuestos: en las vías públicas de los núcleos urbanos y en las vías públicas de los zonas rurales cuando se produzca una aglomeración de personas. También lo es siempre que no se pueda garantizar la distancia social. Pero hay excepciones, y ahí es donde surgen las dudas. Para darles respuesta, el Ejecutivo autonómico tiene una guía con preguntas y respuestas en las que hace referencia a las diferentes casuísticas. En concreto, un apartado se refiere al uso en playas y desde el Ejecutivo autonómico han precisado aun más la normativa. Así debes usarla en los arenales para evitar una multa que puede llegar a los 100 euros.

¿Se debe de usar mascarilla en la playa? La pregunta que recoge la guía es clara y la respuesta también. «Al ser un espacio abierto, no considerado vía pública, el uso de mascarilla será obligatorio si no se mantuviese la distancia de seguridad». A partir de ahí, el Principado ha analizado varios supuestos.

Fuentes de Salud han recordado que un elemento fundamental en playas, piscinas y espacios en aire libre «sigue siendo mantener la distancia de seguridad». De forma indirecta, esto quiere decir evitar aglomeraciones. Pero además, el Principado «recomienda» en todas las situaciones la utilización de mascarillas salvo en los supuestos previstos en la ley referidos a personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla. Tampoco para hacer deporte individual o en situaciones en las que «por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible».

El Gobierno autonómico ha bajado aun más al detalle y ha concretado que, por lo tanto, «sería obligatoria cuando hay aglomeraciones», y ha puesto un ejemplo muy concreto. «Si una persona está paseando sola o con sus convivientes en una playa donde no hay aglomeraciones no habría que tenerla puesta. Pero si está sentada en un círculo con gente en la playa que no son convivientes habría que guardar la distancia y se recomienda mascarilla», precisan desde el Ejecutivo.

Regulación en las playas

En primer lugar, el documento aprobado en junio por el Principado para la nueva normalidad ya recogía que está permitido pasear, estar, bañarse o, en su caso, pescar o navegar. En cuanto a los aforos, son los ayuntamientos los que podrán establecer limitaciones tanto de acceso como de aforo en las playas a fin de asegurar que se pueda respetar la distancia interpersonal de seguridad entre usuarios. Para ello pueden también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos. Además, la situación de los objetos personales, toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de forma que se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de convivientes.

En cuanto a los equipamientos de uso colectivo tales como duchas o aseos, siguen funcionando. La ocupación máxima en el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares será de una persona, salvo en aquellos supuestos de ciudadanos que puedan precisar asistencia, las cuales podrán contar con su acompañante.