Se enfrenta a pena de cárcel por vender online ocho garras de oso pardo y exponer cráneos de especies protegidas

La Voz OVIEDO

ASTURIAS

Imagen de los juzgados de Oviedo
Imagen de los juzgados de Oviedo E.P.

La Fiscalía pide que se sustituya la pena de prisión por la expulsión de territorio nacional y prohibición de entrada en España durante 5 años

20 feb 2024 . Actualizado a las 14:05 h.

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de una mujer de nacionalidad rusa acusada de vender online ocho garras de oso pardo, además de tener expuestos cráneos de especies protegidas, en Llanes. La vista oral está señalada para el 21 de febrero, en el Juzgado de lo Penal nº 2 de Oviedo.

El Ministerio Fiscal sostiene que, en fechas próximas al 13 de noviembre de 2019, la acusada, de nacionalidad rusa, ofreció en venta, a través de distintos anuncios online, ocho garras de oso pardo que conservaba expuestas en una academia de pintura de Llanes.

A las 12:15 horas del día 22 de noviembre, la Guardia Civil intervino los siguientes efectos, que la acusada tenía expuestos en el establecimiento: ocho garras de oso pardo, un cráneo de cercopiteco, un cráneo de ratonero común y un cráneo de buitre leonado.

Estas especies están recogidas todas ellas en el apéndice II del Convenio CITES y en el anexo B del Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, por el que se aplica a la UE la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES o Convenio de Washington). Por este motivo, están prohibidas la compra, la oferta de compra, la adquisición y la exposición al público con fines comerciales, así como la utilización con fines lucrativos y la venta, la puesta en venta, el transporte o la tenencia para su venta (artículo 8, apartado 5 del Reglamento); y las dos últimas también en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial creado por el artículo 56 de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y regulado por el Real Decreto 139/2011, de tal forma que está prohibida la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos o de sus restos, incluyendo el comercio exterior (artículo 54.5 de la Ley 42/2007). 

La acusada carecía de permiso o autorización administrativa que justificara el origen legal de dichas especies o le permitiera comerciar con ellas. 

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la fauna del artículo 334.1 del Código Penal. Y solicita que condene a la acusada a 1 año y 3 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; inhabilitación especial para profesión u oficio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar durante 3 años.

La Fiscalía pide que se sustituya la pena de prisión por la expulsión de territorio nacional y prohibición de entrada en España durante 5 años.