El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia no ven probado que la enfermedad se deba al trabajo y archiva la demanda contra la Seguridad Social, el Sergas, la mutua y su empresa
Concertaron el contrato de préstamo hipotecario en yenes japoneses, por lo que el banco aplicó la cláusula multidivisa que ahora ha sido declarada nula