El padre del joven ovetense renunció «pura y simplemente» a los legados que le había otorgado su madre en testamento, que pasaron a los nietos, ambos menores de edad. Servicios Tributarios del Principado de Asturias estimó en su momento que al menor debía aplicársele el coeficiente correspondiente al Grupo II, que correspondía a su padre
Marcos Gutiérrez