La sentencia valora que «el recurso ha de ser desestimado porque las manifestaciones de la demandada no tienen intensidad suficiente para considerar que constituyen intromisión en el honor de una persona jurídica y debe prevalecer la libertad de expresión»
La portavoz de Ciudadanos en Siero repasa las prioridades actuales para el concejo: «Me conformaría con que se hiciera una milésima parte de lo que se hace en otros ayuntamientos, con menos recursos económicos»